SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0160/2021-S4
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0160/2021-S4

Fecha: 26-May-2021

i)

Rodolfo Antonio Montero Torrico, Comandante General de la Policía Boliviana, a través de sus abogados defensores; en audiencia de amparo constitucional, señaló que: i) Si bien es la máxima autoridad ejecutiva de la institución policial que ejerce mando y dirección, sin embargo el art. 8 de la LOPB establece la organización de dicha institución y la administración de personal se delegó a la Dirección Nacional de Personal; asimismo, la valoración de antecedentes, conforme al art. 9 de la misma ley, corresponde al Estado Mayor, conformado por la Dirección nacional Administrativa, Dirección Nacional de Personal, Dirección Nacional de Planeamiento de Operaciones y Dirección Nacional de Inteligencia, quienes en el caso en análisis, recomendaron que al existir en los informes técnicos  evacuados por la Dirección Nacional de Personal y el informe técnico legal, información incongruente en sentido que el accionante tuvo servicios discontinuos y se le había iniciado un proceso penal, por ello se solicitó al Estado Mayor, que la Dirección de Personal pueda aclarar y efectuar con mayor certeza cuál era la situación del impetrante; y, ii) Emitido el informe por la Dirección Nacional de Personal, evidenciando el servicio discontinuo, se solicitó al peticionante que pueda actualizar la documentación relacionada a sus antecedentes, con la finalidad de efectuar el proceso, considerando que la presentada era de un año atrás; empero, éste pese a estar notificado, no se presentó con la documentación solicitada.