SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0172/2021-S3
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0172/2021-S3

Fecha: 06-May-2021

II.4.

II.4.  Mediante Informe 017/2020 Memorando JDTSC/I/VER.REINC./LAB. 017/2020 de 27 de febrero -de Verificación de Reincorporación Laboral-, el Inspector de Trabajo de la Jefatura Departamental de Santa Cruz del Ministerio de Trabajo, Empleo y Previsión Social informó al Jefe Departamental de Trabajo de Santa Cruz, que realizada la verificación en el lugar, evidenció que la “Empresa 3F CYLINDERS”, no dio cumplimiento a la Conminatoria de Reincorporación Laboral por Inamovilidad Laboral de Padre Progenitor JDTSC/FRC-A.I./CONM. 05/2020. Asimismo refirió que se comunicó vía teléfono celular con Milton Igor Coscio Márquez -hoy accionado-, quien le manifestó que el accionante no fue reincorporado a su puesto de trabajo como Ayudante de Albañil y que no se dio cumplimiento a la citada Conminatoria, pero que sí fueron notificados con la misma. Indicándole que el trabajador fue contratado de forma verbal desde fines de septiembre de 2019 hasta los primeros días de diciembre de ese año -situación que tampoco fue demostrada- y que al trabajador no le cancelaron sus beneficios sociales porque fue contratado solo por una prestación de servicio temporal -lo cual no fue demostrado-, por lo que el trabajador fue desvinculado de su fuente laboral puesto que no se lo necesitaba, y que el caso estaría siendo “llevado” por sus abogados que habrían impugnado la referida Conminatoria (fs. 15 y vta.).