SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0173/2021-S2
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0173/2021-S2

Fecha: 21-May-2021

Fragmento 39

           En este apartado, corresponde señalar lo establecido en el Estatuto de Roma, aprobado y ratificado por Bolivia, a través de la Ley 2398 de 23 de mayo de 2002; cuyo art. 1, instituye: “…una Corte Penal Internacional (‘la Corte’). La Corte será una institución permanente, estará facultada para ejercer su jurisdicción sobre personas respecto de los crímenes más graves de trascendencia internacional de conformidad con el presente Estatuto y tendrá carácter complementario de las jurisdicciones penales nacionales. La competencia y el funcionamiento de la Corte se regirán por las disposiciones del presente Estatuto”.