SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0177/2021-S2
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0177/2021-S2

Fecha: 26-May-2021

I.1.1. Hechos que motivan la acción

Dentro del proceso penal que sigue el Ministerio Público en su contra por la presunta comisión del delito de tráfico de sustancias controladas, el Juez de Instrucción Penal Quinto de la Capital del departamento de Cochabamba, mediante Auto Interlocutorio de 17 de marzo de 2020, le otorgó medidas sustitutivas a la detención preventiva entre ellas una fianza económica de       Bs10 000.- (diez mil bolivianos) y arraigo nacional; empero, por Decreto Supremo   (DS) 4199 de 21 del mismo mes y año, se suspendieron las actividades laborales, interrupción que fue ampliada hasta el 10 de mayo de ese año; motivo por el cual, la oficina de migración no atendió al público.

El 4 de mayo de igual año, presentó un memorial adjuntando el comprobante del depósito judicial y haciendo conocer a la autoridad jurisdiccional la falta del certificado de arraigo y la imposibilidad de cumplimiento debido a los factores ya mencionados, solicitando en consideración a las Circulares 06/2020 de 6 de abril y TSJ-11/2020 de 17 de igual mes, emitidos por el Tribunal Supremo de Justicia y la Ley 1293 de 1 de abril de 2020 -Ley para la Prevención, Contención y tratamiento de la Infección por el Coronavirus- (COVID-19), lo establecido por el Organismo Mundial de la Salud (OMS), que declaró como grupo vulnerable a las mujeres embarazadas o que tengan a su cargo menores de edad y la recomendación de la Comisión Interamericana de Derechos Humanos (CIDH) a través de la Resolución 1/2020 de 10 de abril -Pandemia y Derechos Humanos en las Américas-, velando por el derecho a la libertad y bajo el principio de favorabilidad solicitó se expida el correspondiente certificado y se le otorgue un plazo para la presentación del arraigo a computarse desde que dicha institución vuelva a trabajar, acompañando como prueba los certificados de nacimiento de sus dos hijos menores de edad, quienes se encuentran abandonados debido a su situación jurídica.