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    SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0188/2021-S2
    Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

    SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0188/2021-S2

    Fecha: 02-Jun-2021

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    • I.1.1. Hechos que motivan la acción
    • 1)
    • concedió
    • II.2.
    • III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
    • III.1.  La inamovilidad funcionaria de los progenitores de niñas o niños menores de un año
    • Fragmento 7
    • Fragmento 8
    • Fragmento 9
    • con dicha finalidad y tomando en cuenta los aspectos antes referidos, además del deber del Estado, la sociedad y la familia, de garantizar la prioridad del interés superior de la niña, niño y adolescente, -que comprende la preeminencia de sus derechos, la primacía en recibir protección y socorro en cualquier circunstancia, la prioridad en la atención de los servicios públicos y privados-, es que a través del DS 0012 de 19 de febrero de 2009, complementado por el DS 0496 de 1 de mayo de 2010, se estableció que
    • resulta incuestionable que se faculta a la madre en estado de gestación y lactancia, como al progenitor varón, -cuando la hija o hijo fueran menores al año de edad-, el acudir directamente ante el Ministerio de Trabajo, Empleo y Previsión Social, en resguardo de su derecho a la inamovilidad, en el caso que se hubiera incumplido la previsión constitucional de resguardo a su estabilidad laboral.
    • III.2.  Análisis del caso concreto
    • Fragmento 13
    • Fragmento 14
    • Fragmento 15
    • CONFIRMAR

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