SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0220/2021-S4
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0220/2021-S4

Fecha: 10-Jun-2021

3. Establecimiento penitenciario de destino;

Conforme a la normativa desarrollada precedentemente, se entiende que dentro de las atribuciones asignadas a los Jueces de Ejecución Penal, está la de velar por el mejor trato al condenado precautelando su vida, integridad física, familiar y su salud, entre otros, de ello se desprende que  al momento de existir una solicitud por parte del condenado respecto al traslado o permanencia en un Centro Penitenciario, en razón de todos o algunos presupuestos referidos en el art. 37 de la LEPS, dicha autoridad deberá actuar de forma diligente y con la mayor celeridad y prontitud posible, tomando en cuenta la vinculación existente con sus derechos que le asisten, atendiendo la petición a través de una resolución debidamente fundamentada expresando los motivos sobre los cuales se basa para asumir determinada decisión” .