Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0220/2021-S4
Fecha: 10-Jun-2021
I.2.3. Intervención de Ministerio Público
Miguel Ángel Tapia Paz, Fiscal de Materia, en audiencia manifestó que, reconoce la existencia de la solicitud por parte del accionante, la documental que refuerza tal petición, pudiendo ser procedente el traslado a otro Centro Penitenciario, evidentemente la “Carceleta de Entre Ríos” no cumple con las condiciones para que un interno que tiene sentencia ejecutoriada pueda cumplir la misma, por tanto la mejor opción sería la "Celda Penitenciaria de El Palmar".
- acción de libertad
- I.1.1. Hechos que motivan la acción
- a)
- 1)
- I.2.3. Intervención de Ministerio Público
- concedió
- II.1.
- II.2.
- II.3.
- III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
- III.1. La acción de libertad correctiva en cuanto a los privados de libertad
- 3. Establecimiento penitenciario de destino;
- III.3.
- CONFIRMAR