Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0228/2021-S2
Fecha: 08-Jun-2021
III.
Los accionantes denuncian la vulneración de sus derechos a la libertad y al debido proceso; por cuanto, el Juez demandado no señaló audiencia de consideración de procedimiento abreviado pese a reiteradas solicitudes, tampoco realizó el control jurisdiccional aunque se encuentran en una población calificado con niveles altos de riesgo y exposición al COVID-19, no pudiendo recibir visitas ni ser provisto de alimentos.
- acción de libertad
- a)
- I.1.2. Derechos y garantías supuestamente vulnerados
- 1)
- concedió
- NO HA LUGAR
- III.
- III.1. Supuestos de activación de la acción de libertad ante procesamiento ilegal o indebido. Jurisprudencia reiterada y consolidada
- cuando se denuncia procesamiento ilegal o indebido, debiendo presentarse concurrentemente los siguientes supuestos:
- procede la tutela del derecho al debido proceso a través de la acción de libertad cuando el acto que vulnera el mismo constituya la causa directa de la supresión o restricción del derecho a la libertad
- III.2. Análisis del caso concreto
- REVOCAR