SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0262/2021-S2
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0262/2021-S2

Fecha: 28-Jun-2021

1)

Los accionantes a través de su abogado, reiteraron in extenso los términos de su memorial de acción de amparo constitucional presentado y ampliándolo señalaron que: 1) Si el demandado compró el inmueble el 22 de noviembre de 2018, por qué no ocupó el mismo y esperó hasta el 7 de agosto de 2020, para entrar a patadas con más de diez personas, derrumbar y aprovecharse de dos personas adultas mayores, haciendo justicia por mano propia; 2) Conforme a la verdad material, fueron despojados de su propiedad y existe una casa destruida; 3) Es de conocimiento público que en el municipio de Patacamaya del departamento de La Paz, hay pocas propiedades que tienen registro en la oficina de Derechos Reales (DD.RR.); debido a que dicha dependencia se encuentra en el municipio de Viacha del mismo departamento; así, mucha gente tiene documentos privados, minutas incompletas y títulos ejecutoriales para los predios que están fuera de la zona urbana; y, 4) En la cláusula segunda del documento de compraventa de 22 de noviembre de 2018, el demandado reconoció que la casa ahora avasallada es de propiedad de Manuel Paco Nina; pero, actuó ejerciendo medidas de hecho.

Marina Paco Huarachi, en audiencia expresó que: 1) Sus dos hermanos engañaron a sus progenitores -padre analfabeto y madre que no escucha hace más de diez años-; 2) Su papá compró la casa de Cipriano Nina; 2) Los indicados ascendientes vivían en dicho inmueble, incluso su progenitor trabajaba de peluquero; y, 3) Estaba junto a los precitados cuando sucedió el despojo y fue amenazada de muerte, “…entró el señor Guido avasallándonos que habíamos comprado y que habíamos sorprendido, yo le dije a mi papá porque y cuando has vendido, yo no he vendido la casa me dijo, esta es nuestra casa, y así que empezaron a botarnos, después de tres días el sábado por la mañana nos ha desalojado, me han amontonado, así pasó todo y quedamos desalojados ahí, quedamos sorprendidos de lo que había vendido mi hermano…” (sic).

Norma Rosas Sarzuri, en la citada audiencia señaló que: 1) El 7 de agosto de 2020, aproximadamente a horas 22:00, vio como Benigno y Marina, Paco Huarachi, junto a sus padres, ingresaron al domicilio del demandado, forzando el candado; 2) Hace ocho años que es vecina del lugar, viviendo a media cuadra de la casa objeto de controversia, la cual estaba abandonada todo ese tiempo; y, 3) Hace dos años que el aludido habita en el referido inmueble.