SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0262/2021-S2
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0262/2021-S2

Fecha: 28-Jun-2021

a)

Solicitaron se conceda la tutela, ordenando: a) Se restituyan sus derechos; b) El desalojo del demandado y otras personas que ocupan su propiedad, mediante la ayuda de la fuerza pública -Policía Boliviana-; c) Se prohíba el ingreso de personas particulares a su propiedad; y, d) El pago de honorarios profesionales de su abogado, conforme al arancel del Ilustre Colegio de Abogados de La Paz (ICALP).

Humberto Paco Huarachi, en audiencia señaló que: a) El terreno es de sus padres -ahora accionantes-, pues desde que tenía uso de razón les pertenecía; b) Se encontraba junto a Cecilia Paco Huarachi -su hermana- cuando los impetrantes de tutela firmaron y vendieron la propiedad, no fueron obligados por nadie; c) Con el dinero recibido de la transferencia del inmueble compraron un tractor y “Benigno” -su hermano- vendió el tractor no el predio “hace una semana”, no sabiendo qué pasó con ese capital; y, d) Son sus hermanos quienes manipulan a sus progenitores.

Amado Rodolfo Marca Huanca, en dicho acto procesal indicó que: a) En la Notaría de Fe Pública -hace dos años- fue testigo de la transferencia del referido inmueble realizado por el impetrante de tutela -asistido de su hijo e hija- en favor del demandado, sin presión alguna, de forma voluntaria; b) La casa vendida está ubicada en la av. 6 de Agosto, en la cual ya no vive nadie, siendo propiedad del prenombrado; y, c) Benigno Paco Huarachi, con engaños ingresó a sus papás al mencionado inmueble.