Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0289/2021-S3
Fecha: 08-Jun-2021
II.4.
II.4. Por Auto de 27 de diciembre de 2016, el Juez Público Civil y Comercial Cuarto de la Capital del departamento de Cochabamba, determinó como daño moral y patrimonial sufrido por el ahora impetrante de tutela, la suma de Bs200 000.- para que la empresa Cubana de Aviación S.A., pague a tercero día de la ejecutoria de dicha determinación (fs. 96 a 105 vta.).
- acción de amparo constitucional
- I. ANTECEDENTES CON RELEVANCIA JURÍDICA
- I.1.3. Petitorio
- a)
- denegó
- II.1.
- II.2.
- II.3.
- II.4.
- II.5.
- II.6.
- II
- Fragmento 13
- III.1.
- Fragmento 15
- Fragmento 16
- Fragmento 17
- Fragmento 18
- Asimismo, es imprescindible también, que el recurrente señale en qué medida, en lo conducente, dicha valoración cuestionada de irrazonable de inequitativa o que no llegó a practicarse, no obstante haber sido oportunamente solicitada, tiene incidencia en la Resolución final
- III.3. Análisis del caso concreto
- CONFIRMAR