Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0289/2021-S3
Fecha: 08-Jun-2021
II.6.
II.6. Por Auto de Vista de 29 de julio de 2019, los Vocales de la Sala Civil Segunda del Tribunal Departamental de Justicia de Cochabamba, confirmaron en todas sus partes los Autos de 27 de diciembre de 2016, 6 y 17, ambos de enero de 2017, sin costas y costos por ser ambas partes apelantes (fs. 4 a 10 vta.).
- acción de amparo constitucional
- I. ANTECEDENTES CON RELEVANCIA JURÍDICA
- I.1.3. Petitorio
- a)
- denegó
- II.1.
- II.2.
- II.3.
- II.4.
- II.5.
- II.6.
- II
- Fragmento 13
- III.1.
- Fragmento 15
- Fragmento 16
- Fragmento 17
- Fragmento 18
- Asimismo, es imprescindible también, que el recurrente señale en qué medida, en lo conducente, dicha valoración cuestionada de irrazonable de inequitativa o que no llegó a practicarse, no obstante haber sido oportunamente solicitada, tiene incidencia en la Resolución final
- III.3. Análisis del caso concreto
- CONFIRMAR