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    AUTO CONSTITUCIONAL 0250/2021-CA
    Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

    AUTO CONSTITUCIONAL 0250/2021-CA

    Fecha: 16-Jul-2021

    ante la autoridad que conozca del proceso judicial o administrativo

    “I. Una vez solicitado se promueva la Acción de Inconstitucionalidad de carácter concreto ante la autoridad que conozca del proceso judicial o administrativo, se dispondrá el traslado, si corresponde, dentro de las veinticuatro horas, para que ésta sea respondida en el plazo de tres días a partir de su notificación” (las negrillas nos corresponden).

    • Jueza del T
    • I.1. Síntesis de la solicitud de parte
    • rechazar
    • en el marco de un proceso judicial o administrativo cuya decisión dependa de la constitucionalidad de leyes, estatutos autonómicos, cartas orgánicas, decretos, ordenanzas y todo género de resoluciones no judiciales
    • ante la autoridad que conozca del proceso judicial o administrativo
    • en cualquier estado de la tramitación del proceso judicial o administrativo, aún en recurso de casación y jerárquico, antes de la ejecutoría de la Sentencia
    • el peticionante debe efectuar una fundamentación clara y precisa, acorde a las exigencias establecidas en el Código Procesal Constitucional, en la medida que esta jurisdicción adquiera duda razonable sobre la presunta inconstitucionalidad de la norma legal impugnada
    • La
    • Fragmento 9
    • 1)
    • RATIFICAR

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