Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
AUTO CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0037/2021-O
Fecha: 29-Jul-2021
CONFIRMAR
El Tribunal Constitucional Plurinacional, en su Sala Segunda; en virtud de la autoridad que le confieren la Constitución Política del Estado y el art. 16.II del Código Procesal Constitucional, resuelve: CONFIRMAR la Resolución 26/21 de 7 de mayo de 2021, emitida por la Jueza Pública de Familia Octava de la Capital del departamento de Santa Cruz, constituida en Jueza de garantías; y en consecuencia, declarar NO HA LUGAR a la queja por incumplimiento planteada por Marco Estenssoro Cisneros.
- recurso de queja por incumplimiento
- I.1. Contenido de la queja por incumplimiento
- AL NO HABERSE PRONU
- rechazó
- I.3. Trámite procesal en el Tribunal Constitucional Plurinacional
- II.1.
- III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
- III.1.
- la medida de lo determinado
- en la medida de lo determinado
- III.2. Análisis de la queja de incumplimiento
- y denegó respecto a la garantía de la prohibición de doble juzgamiento
- CONFIRMAR