SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0311/2021-S2
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0311/2021-S2

Fecha: 16-Jul-2021

III.3.  Análisis del caso concreto

Ingresando al análisis de la problemática planteada a través de la presente acción de amparo constitucional, cabe enfatizar que de la revisión de los antecedentes procesales, se constata que el impetrante de tutela alega que se vulneraron sus derechos a la defensa y al debido proceso en sus vertientes de fundamentación, motivación y valoración de la prueba, relacionados a sus derechos a la libertad y a una justicia pronta y oportuna; toda vez que, Hugo Michel Lescano, Vocal de la Sala Penal Segunda del Tribunal Departamental de Justicia de Chuquisaca                   -autoridad ahora demandada- pronunció el Auto Vista 203/2020, carente de motivación y fundamentación y sin tener en cuenta los documentos presentados a efectos de desvirtuar el riesgo procesal establecido en el art. 234.7 del CPP, dejando sin efecto el Auto Interlocutorio de 21 de julio de 2020, emitido por el Tribunal de Sentencia Penal Segundo del citado departamento, por el que se le impuso medidas cautelares personales menos gravosas que la detención preventiva, habida cuenta que se habría enervado el riesgo procesal de fuga previsto en el art. 234.7 de la Ley Adjetiva Penal.

Al respecto, expuestos los antecedentes, se advierte que esencialmente lo que denuncia el accionante, es la transgresión de sus derechos a la defensa y al debido proceso en sus vertientes de fundamentación, motivación y valoración de la prueba, relacionados a sus derechos a la libertad en el Auto de Vista 203/2020 emitido por el Tribunal ad quem; lo que conlleva ingresar a su análisis.