Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0336/2021-S2
Fecha: 20-Jul-2021
1)
El accionante a través de su representante, ratificó el tenor íntegro del memorial de acción de libertad y ampliándolo señaló que: 1) La carátula del expediente de asistencia familiar establece como demandante a Flora Chuquimia Choque y demandado Roberto Mamani Choque a quien desconoce; no siendo notificado con la planilla de liquidación y su aprobación, restringiéndose su derecho a la libertad al estar detenido; y, 2) No tuvo oportunidad de cancelar o impugnar la mencionada planilla debido a la ilegal notificación.
- acción de libertad
- I.1.1. Hechos que motivan la acción
- 1)
- I.2.2. Informe de la demandada
- denegó
- II.1.
- III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
- Fragmento 8
- la parte accionante no debió acudir de manera directa ante la justicia constitucional en procura del restablecimiento de formalidades que no fueron denunciadas en la instancia ordinaria donde se conoce el proceso por asistencia familiar y dentro del cual supuestamente se generaron los errores o ilegalidades del debido proceso ahora denunciados, pues correspondía que los mismos sean objetados mediante los recursos intraprocesales idóneos
- el peticionante de tutela arguye que el mandamiento de apremio se habría emitido lesionándose el debido proceso y al margen del ordenamiento jurídico vigente
- III.2. Análisis del caso concreto
- CONFIRMAR