Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0336/2021-S2
Fecha: 20-Jul-2021
II.1.
II.1. Por memorial presentado el 12 de marzo de 2019, a la Jueza demandada, Flora Chuquimia Choque puso a conocimiento liquidación de asistencia familiar, y mediante escrito de 9 de agosto de igual año, pidió la aprobación e intimación de pago; mereciendo este último el decreto de 13 del citado mes y año, a través del cual se conminó a Roberto Mamami Morales -ahora accionante- para que cancele la suma de Bs116 350.- por concepto de asistencia familiar devengada; cursando las diligencias de notificaciones al prenombrado con dichos actuados (fs. 4 a 5 y 8 a 10).
- acción de libertad
- I.1.1. Hechos que motivan la acción
- 1)
- I.2.2. Informe de la demandada
- denegó
- II.1.
- III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
- Fragmento 8
- la parte accionante no debió acudir de manera directa ante la justicia constitucional en procura del restablecimiento de formalidades que no fueron denunciadas en la instancia ordinaria donde se conoce el proceso por asistencia familiar y dentro del cual supuestamente se generaron los errores o ilegalidades del debido proceso ahora denunciados, pues correspondía que los mismos sean objetados mediante los recursos intraprocesales idóneos
- el peticionante de tutela arguye que el mandamiento de apremio se habría emitido lesionándose el debido proceso y al margen del ordenamiento jurídico vigente
- III.2. Análisis del caso concreto
- CONFIRMAR