AUTO AGROAMBIENTAL PLURINACIONAL S1ª Nº 138/2023
Tribunal Agroambiental Bolivia

AUTO AGROAMBIENTAL PLURINACIONAL S1ª Nº 138/2023

Fecha: 20-Dic-2023

Antecedentes Procesales: Actos procesales relevantes

I.5. Actos procesales relevantes

I.5.1. De fs. 1 a 2 de obrados, cursa Testimonio de Compra Venta del predio “Ckonthu 2” suscrito entre Aida Sebastiana Rosales de Caballero y Jorge Alfonso Caballero Hinojosa en calidad de vendedores y Mauricio Fernando Caballero Rosales como comprador.

I.5.2. De fs. 3 a 4 de obrados, cursa Folio Real con número de Matrícula 3.09.1.01.0016135, en cuyo asiento 4 se consigna la propiedad de Mauricio Fernando Caballero Rosales respecto de la propiedad “Chonthu 2” con una superficie de 3 1905 ha.

I.5.3. A fs. 5 de obrados, cursa Título Ejecutorial SPP-NAL-003809 de 9 de noviembre de 2001, correspondiente a la propiedad denominada “Ckonthu 2” de 3.1905 ha., otorgado por adjudicación a Aida Sebastiana Rosales de Caballero y Jorge Alfonso Caballero Hinojosa.

I.5.4. De fs. 112 a 114 vta. cursa memorial de 25 de mayo de 2023, presentado por Yolanda Terrazas Arze de Fernández ante el Juez Agroambiental de la causa, solicitando se promueva la acción de inconstitucionalidad concreta respecto a los arts. 79.II y 85 de la Ley 1715.

I.5.5. De fs. 141 a 143 vta. de obrados, consta Auto de 6 de junio de 2023, a través del cual, el Juez Agroambiental de Quillacollo rechazó la solicitud de promover la acción de inconstitucionalidad concreta, con expresa constancia que no se interrumpirá la tramitación del caso hasta el momento de dictar Sentencia.

I.5.6. De fs. 224 a 245 de obrados, cursa la Informe Técnico J.A.Q. N° 0008/2023 de 27 de junio, a través del cual, el personal técnico del Juzgado Agroambiental de Quillacollo informó a la autoridad judicial los detalles técnicos del predio objeto del litigio.

I.5.7. De fs. 359 a 364, cursa Informe Técnico Complementario J.A.Q. N° 013/2023 de 21 de julio, a través del cual el personal técnico del Juzgado Agroambiental de Quillacollo complementó el informe previamente descrito.

I.5.8. De fs. 487 a 494 vta., cursa Sentencia 009/2023 de 18 de septiembre de 2023, por medio del cual, se declaró probada en parte la demanda de Reivindicación de fs. 25 a 29, disponiendo que la demandada restituya al demandante la superficie de 283.01 m2.