AUTO AGROAMBIENTAL PLURINACIONAL S2a N° 97/2023
Tribunal Agroambiental Bolivia

AUTO AGROAMBIENTAL PLURINACIONAL S2a N° 97/2023

Fecha: 18-Ago-2023

Por Tanto 1

La Sala Segunda del Tribunal Agroambiental, en mérito a la potestad conferida por los arts. 178.I, 186 y 189.1 de la Constitución Política del Estado, arts. 11,12 y 144.1 de la Ley N° 025, arts. 36.1 y 87.IV de la Ley N° 1715, y en virtud de la jurisdicción que por ella ejerce, de conformidad al art. 220.III, núm. 1 inc. c) de la Ley N° 439, de aplicación supletoria a la materia por disposición del art. 78 de la Ley N° 1715, dispone:

1. ANULAR OBRADOS hasta el Auto Interlocutorio Definitivo N° 1 de 16 de junio de 2023, cursante a fs. 57 y vta. de obrados, correspondiendo al juez Agroambiental con Asiento Judicial de Ivirgarzama del departamento de Cochabamba, ejercer efectivamente su rol de director del proceso, en virtud al carácter social de la materia y garantizando el acceso a la justicia, revisar y observar la demanda de Nulidad de Documento de Reconocimiento de Derecho Propietario, Cancelación de Registro, Validez de Venta y Actualización de Datos, conforme los fundamentos jurídicos que sustentan el presente Auto Agroambiental, conminando al demandante subsane la demanda, precisando con exactitud la pretensión legal a seguir y objeto de la demanda, los hechos que considera son vulneratorios de sus derechos en que se funda, formulada en términos claros y positivos, conforme establece el art. 110 numerales 2, 5, 6, 7 y 9 de la Ley N° 439 y resolver lo que fuere en derecho.

2. En aplicación de lo previsto en el art. 17.IV de la Ley N° 025 del Órgano Judicial, comuníquese la presente resolución al Consejo de la Magistratura.

Interviene en la suscripción de la presente resolución el Dr. Gregorio Aro Rasguido, Magistrado de Sala Primera de éste Tribunal en mérito a la convocatoria dispuesta mediante providencia cursante a fs. 87 de obrados. No interviene la Magistrada Ángela Sánchez Panozo, primera relatora, por ser de voto disidente.

Regístrese, notifíquese y devuélvase.