AUTO AGROAMBIENTAL PLURINACIONAL S2a N° 114/2023
Tribunal Agroambiental Bolivia

AUTO AGROAMBIENTAL PLURINACIONAL S2a N° 114/2023

Fecha: 22-Sep-2023

Por Tanto 1

La Sala Segunda del Tribunal Agroambiental, en mérito a la potestad conferida por los arts. 189.1 de la CPE, 144.I.1 de la Ley Nº 025, arts. 36.1 y 87.IV de la Ley N° 1715 y en virtud de la jurisdicción que por ella ejerce de conformidad al art. 17.I de la Ley N° 025 y el art. 220.III.1.c) de la Ley Nº 439, de aplicación supletoria a la materia según el art. 78 de la Ley Nº 1715, sin ingresar al fondo de la causa dispone:

1. ANULAR OBRADOS hasta fs. 2998 inclusive, debiendo la autoridad de instancia obrar de acuerdo a lo desarrollado en el presente Auto Agroambiental Plurinacional.

2. Asimismo, conforme lo prevé el art. 17.IV de la Ley N° 025, comuníquese al Consejo de la Magistratura la presente resolución.

Interviene en la presente resolución, el Magistrado de Sala Primera del Tribunal Agroambiental, Rufo N. Vásquez Mercado, en virtud a la convocatoria dispuesta a fs. 3021 de obrados, al encontrarse excusada la Magistrada de Sala Segunda, Dra. Ángela Sánchez Panozo.

Regístrese, notifíquese y devuélvase.-