AUTO AGROAMBIENTAL PLURINACIONAL S1ª Nº 18/2024
Tribunal Agroambiental Bolivia

AUTO AGROAMBIENTAL PLURINACIONAL S1ª Nº 18/2024

Fecha: 20-Mar-2024

Antecedentes: Argumentos del recurso de casación.

I.2. Argumentos del recurso de casación.

El demandante ahora recurrente, Luis Hernán Méndez Hurtado, mediante memorial cursante de fs. 512 a 513 de obrados, interpone recurso de casación en el fondo, contra el Auto Interlocutorio Definitivo Nº 48/2023 de 19 de septiembre, solicitando conceder el recurso ante el Tribunal Agroambiental, previo traslado de parte, con los siguientes argumentos:

I.2.1. El recurrente señala que no es evidente lo aseverado por el Juez de instancia respecto a la concurrencia de los tres presupuestos establecidos para la cosa juzgada, es decir sujeto, objeto y causa.  

I.2.2. Continúa señalando que, Salim Calil Tobías Paz y Carmen Graciela Justiniano de Tobías interpusieron en su contra un proceso agrario de cumplimiento de contrato de alquiler de ganado vacuno a doblar capital, sustanciado en el Juzgado Agroambiental de San Borja; en tanto que su persona interpuso una demanda de resolución por incumplimiento voluntario de contrato de ganado vacuno a doblar capital, en contra de Salim Calil Tobías Paz y Carmen Graciela Justiniano de Tobías.

I.2.3. También señala el recurrente que, la excepción de cosa juzgada no cumple con los presupuestos establecidos para el efecto, por cuanto no concurren simultáneamente los cuatro requisitos exigidos por el art. 1319 del CC, toda vez que la demanda interpuesta por Salim Calil Tobias Paz y Carmen Graciela Justiniano de Tobias en su contra y sustanciada en el Juzgado Agroambiental de San Borja, Textual “(…) fue de Cumplimiento de Contrato de Alquiler de Ganado Vacuno a Doblar Capital; y lo que demando en esta litis es de Resolución por Incumplimiento Voluntario del Contrato de Ganado Vacuno a Doblar Capital …” (sic); por lo tanto, no estaría fundada en la misma causa.