Por Tanto 1
Sin entrar en mayores abundamientos
de orden legal, la Sala Plena del Tribunal Agroambiental, con la facultad
conferida por el artículo 35 num.5 de la Ley N° 1715, parcialmente modificada
por la Ley N° 3545, en concordancia con el artículo 140 núm. 1) de la Ley N°
025; dispone DECLARAR COMPETENTE a
la Juez Agroambiental con asiento judicial en Santa Ana de Yacuma, de la
provincia Yacuma del departamento de Beni, para el conocimiento y tramitación
del proceso de “NULIDAD DE ESCRITURA
PÚBLICA, ACCIÓN REIVINDICATORIA Y ACCIÓN NEGATORIA”, interpuesta por Orlando
Aramayo Chávez en representación de la Asociación “AMIGOS DEL COTO DOÑANA”, en contra de Georgina Simón Álvarez y Blanca Adiva Simón Álvarez, debiendo en
consecuencia remitirse por Secretaría de Sala Plena del Tribunal Agroambiental,
el expediente de referencia al citado Juzgado Agroambiental de Santa Ana de
Yacuma.
Regístrese,
notifíquese y devuélvase.-
Fdo.
ELVA
TERCEROS CUELLAR MAGISTRADA
SALA SEGUNDA
MARIA
TEREZA GARRON YUCRA PRESIDENTE
ANGELA
SANCHEZ PANOZO MAGISTRADA
SALA SEGUNDA
RUFO
NIVARDO VASQUE MERCADO MAGISTRADO
SALA PRIMERA
GREGORIO
ARO RASGUIDO MAGISTRADO
SALA PRIMERA
- Encabezado
- Argumentos de la solicitud de conflicto de competencias
- Argumentación jurídica del Auto de 09 de mayo de 2023, emitido por la Juez Agroambiental de Santa Ana de Yacuma
- Fundamentación jurídica del fallo
- Fundamentación jurídica del fallo: Naturaleza del conflicto de competencia
- Fundamentación jurídica del fallo: Examen del caso en concreto
- Por Tanto 1
