Antecedentes Procesales: Argumentos del Auto Interlocutorio de 25 de mayo de 2023, por el que el Juez Agroambiental de Quillacollo del departamento de Cochabamba, deniega la concesión del recurso de casación;
I.1. Argumentos del Auto Interlocutorio de 25
de mayo de 2023, por el que el Juez Agroambiental de Quillacollo del
departamento de Cochabamba, deniega la concesión del recurso de casación;
Señalando que, la compulsante plantea
Recurso de Apelación contra el Auto de 16 de mayo de 2023, por haber incurrido
en errónea aplicación de los plazos establecidos en el art. 90-II) de la Ley N°
439, siendo que el art. 79-II) de la Ley N° 1715 corresponde al 18 de octubre
de 1996 y guarda relación con el art. 141 del Código de Procedimiento Civil
abrogado, por lo que sería aplicable los plazos de días hábiles conforme la Ley
N° 439 y art. 410 de la C.P.E., realizando un análisis conforme al art. 87.I de
la Ley N° 171 indica que el recurso de casación procede contra las Sentencias
emitidas por los Jueces Agroambientales y en su caso, contra los Autos
Interlocutorios Definitivos que ponen fin al proceso, no procediendo recurso de
casación contra providencias y autos interlocutorios simples conforme señala el
art. 85 de la Ley N° 1715, siendo que estos solo admiten recurso de reposición,
sin recurso ulterior; anunciando al respecto el AAP S1° N° 81/2022 de 07 de
septiembre, SCP N° 0807/2019-S4 de 12 de septiembre, los cuales hace una diferencia
entre un Auto Interlocutorio Definitivo que pone fin al proceso operándose el “Per Saltum”, con un Auto Interlocutorio
Simple, que resuelve cuestiones de hecho, que no pone fin al proceso,
estableciendo también sobre la supletoriedad sobre actos que no estén
instituidos dentro la propia Ley Especial N° 1715; lo que significa, que entre
los Juzgados Agroambientales y el Tribunal Agroambiental no existe una
instancia intermedia como es el caso de los Tribunales Departamentales de
Justicia, debiendo tener presente el art. 85 de la Ley N° 1715 y el auto de 16
de mayo de 2023 considerado como Interlocutorio Simple, por lo cual rechaza el
recurso de apelación por no existir fundamentación legal para una supuesta
apelación.
- Encabezado
- Antecedentes Procesales: Argumentos del Auto Interlocutorio de 25 de mayo de 2023, por el que el Juez Agroambiental de Quillacollo del departamento de Cochabamba, deniega la concesión del recurso de casación;
- Antecedentes Procesales: Argumentos del recurso de compulsa interpuesto por Yolanda Terrazas de Fernández.
- Fundamentos Juridicos
- Analisis Del Caso Concreto
- Por Tanto 1
