Por Tanto 1
La Sala Segunda del Tribunal Agroambiental, sin entrar en mayores consideraciones de orden legal, con la facultad contenida en el art. 36.4 de la Ley Ns 1715, modificada por la Ley Ns 3545 y en aplicación del art. 353.IV del Código Procesal Civil, RECHAZA el incidente de recusación interpuesto por Jesús Avaroma Rada y Lilian Gutiérrez Salvatierra contra Boris Pérez Ribera, Juez Agroambiental de Magdalena del departamento de Beni, debiendo dicha autoridad continuar con el trámite del proceso.
Se llama severamente la atención al Juez Agroambiental de Magdalena, por la falta de orden y prolijidad a momento de tramitar la demanda de cumplimiento de contrato de ganado vacuno en alquiler y resarcimiento de danos y perjuicios.
Regístrese y notifíquese. -
