Considerando 2
CONSIDERANDO: Que, el recurso de casación se equipara a una demanda nueva de puro derecho supeditada, para su consideración y procedencia, al cumplimiento de requisitos de fondo y forma, que el ordenamiento legal adjetivo se encarga de precisar y que constituyen una carga procesal para la parte recurrente, estando éste tribunal, obligado a velar por su debida observancia, por tratarse de normas de orden público y de cumplimiento obligatorio.
Que, sometido a su análisis los recursos de casación se tiene:
- Encabezado
- Considerando 1
- 2.- Casación en el fondo
- Recurso de Casación en la forma interpuesto por Inocencio Conde, Mariano Condelaime, Justiniano Ámbargo, Urbano Menacho Ricaldes y Seberino Menacho Andaluz
- Recurso de Casación en la forma interpuesto por Erasmo Olivera, José Flores Cabrera y Julián Arnez Terrazas
- Considerando 2
- Respecto al Recurso de Casación interpuesto por Pedro Arnez, Leandro Arnez Torrico, Zenon Montano, Pedro Buen Día, Julio Negrete, Soñia Quevedo y Justina Melgarejo
- Con relación al Recurso de Casación en la forma interpuesto por Inocencio Conde, Mariano Conde laime, Justiniano Ámbargo, Urbano Menacho Ricaldes y Seberino Menacho Andaluz de fs. 442 y vta
- Respecto al recurso de Casación en la forma interpuesto por Erasmo Olivera, José Flores Cabrera y Julián Arnez Terrazas de fs. 453 y vta
- Por Tanto 1
