Por Tanto 1
POR TANTO: La Sala Segunda del Tribunal Agroambiental, en mérito a la facultad conferida por los arts. 189.1 de la C.P.E., 4.2 de la Ley N° 025, 87.IV de la Ley N° 1715 modificada por la Ley N° 3545, art. 220.I.4 de la ley N° 439, y en virtud de la jurisdicción que por ella ejerce, FALLA declarando IMPROCEDENTE el recurso de casación planteado por Nestor Bautista Zambrana contra la Sentencia N° 01/2017 de 18 de enero de 2017, con costas y costos de conformidad al art. 223.V.1 de la ley N° 439.
Se regula el honorario del abogado, en la suma de 800 bs., que mandara hacer efectivo el juez de la causa.
Regístrese, notifíquese y devuélvase.-
Fdo.-
Magistrado Sala Segunda Dr. Bernardo Huarachi Tola.
Magistrado Sala Segunda Dr. Lucio Fuentes Hinojosa.
Magistrada Sala Segunda Dra. Deysi Villagómez Velasco.
