Que una vez más la parte demandada presenta Recusacion contra la autoridad judicial, con las mismas causales utilizadas ya anteriormente y rechazadas dada la extemporaneidad, debido a la instancia procesal como es la ejecución de fallos en virtud a l
Tribunal Agroambiental Bolivia

Que una vez más la parte demandada presenta Recusacion contra la autoridad judicial, con las mismas causales utilizadas ya anteriormente y rechazadas dada la extemporaneidad, debido a la instancia procesal como es la ejecución de fallos en virtud a l

Fecha: 09-Nov-2012

Por Tanto 2

POR TANTO: La Sala Segunda del Tribunal Agroambiental, en mérito a la potestad conferida por el art. 189-1) de la C.P.E., art. 13 de la L. N° 212 y en virtud de la jurisdicción que por ella ejerce, declara IMPROCEDENTES el recurso de casación en el fondo de fs. 461 a 462 vta. y el recurso de casación en la forma de fs. 465 a 466 vta. de obrados.

Se llama la atención al Juez del Juzgado Agroambiental de Caranavi, ante la inobservancia e incumplimiento de la normativa procesal que hace al recurso de casación al haber concedido los recursos cuando los mismos son irrecurribles.

En cumplimiento a lo dispuesto por el art. 9 del Reglamento de Multas Procesales del Poder Judicial, aprobado por Acuerdo Nº 144/2004 de 9 de noviembre de 2004, se impone la multa de Bs. 100.- ha ambas partes recurrentes, debiendo hacérsela efectiva por el juez de la causa.

Regístrese, notifíquese y devuélvase.

Fdo.

Magistrado Sala Segunda Dr. Lucio Fuentes Hinojosa

Magistrado Sala Segunda Dr. Javier Peñafiel Bravo

Magistrada Sala Segunda Dra. Deysi Villagómez Velasco