AUTO INTERLOCUTORIO No. 50/2013
Tribunal Agroambiental Bolivia

AUTO INTERLOCUTORIO No. 50/2013

Fecha: 06-Nov-2013

Considerando 2

CONSIDERANDO: Que, el Sr. Liborio Aguilera López, mediante memorial de fs. 18, se apersona a éste Despacho Judicial, interponiendo Oposición al Interdicto de Adquirir la Posesión formulada, bajo los sgtes. fundamentos:

1)Que, la parcela de terreno de la cual se pretende tomar posesión judicial, colinda con los terrenos de su propiedad por los rumbos Este y Sud y es en ésta superficie que se encuentra en posesión pública, pacífica y continuada prácticamente desde su nacimiento.

2)Que, la superficie de terreno sobre la cual tiene posesión, alcanza aproximadamente a 0.5000 Has., superficie que se encuentra dentro la propiedad que los demandantes solicitan posesión judicial.

3)Que, en la superficie señalada precedentemente, es de pastoreo donde pastan su ganado caballar y que el comprador del terreno objeto de posesión, pretende adquirir posesión más allá de lo que su vendedor (Felicindo Aguilera López, hermano del oposicionista) poseía.

4)Que, de acuerdo a lo previsto por el Art. 2 de la Ley Nº 1715 y la garantía constitucional establecida en el Art. 397, el trabajo es la fuente fundamental para la adquisición y la conservación de la propiedad agraria.

5)Que, el Sr. Juan Carlos Choque ni su vendedor Felicindo Aguilera López, nunca estuvieron en posesión de los 5.000 mts. de terreno sobre el cual él tiene posesión.

Por lo fundamentado, interpone oposición al Interdicto de Adquirir la Posesión en trámite, debiendo el Juzgador imprimir el trámite previsto para el inicio del proceso oral agrario, conforme a lo previsto por el Art. 79 y sgtes. de la Ley INRA.