Por Tanto 2
POR TANTO : La Sala Segunda del Tribunal Agroambiental, en mérito a la facultad conferida por el art. 189-1) de la C.P.E., art. 13 de la L. N° 212 y 17 de la L. N° 025 y en virtud de la jurisdicción que por ella ejerce, ANULA OBRADOS hasta la providencia que cursa a fs. 19 y vta. inclusive, disponiendo que el Juez Agroambiental de la Provincia Méndez del Departamento de Tarija, disponga que la parte demandante adecue su demanda conforme a las reglas del proceso oral agrario.
Por haber incurrido en responsabilidad inexcusable, se impone a la Juez Agroambiental de la Provincia Méndez del Departamento de Tarija la multa de Bs.- 200, que serán descontados de sus haberes por la Unidad Administrativa del Órgano Judicial. Dando cumplimiento a lo previsto en el art. 17 de la L. N° 025, comuníquese la presente decisión al Consejo de la Magistratura.
Regístrese, notifíquese y devuélvase.
Fdo.
Magistrada Sala Segunda Dra. Deysi Villagomez Velasco
Magistrado Sala Segunda Dr. Lucio Fuentes Hinojosa
Magistrado Sala Segunda Dr. Javier Peñafiel Bravo
