Antecedentes Procesales: Argumentos del tercero interesado
I.3. Argumentos del tercero interesado
Por memorial cursante de fs. 122 a 123 y vta. de obrados, Víctor Hugo Añez Bello, Director Ejecutivo de la Autoridad de Fiscalización y Control Social de Bosques y Tierras "ABT" , entidad dependiente del Ministerio de Medio Ambiente y Agua, presentó informe en su condición de tercer interesado, señalando lo siguiente:
1) La ABT, de acuerdo a sus atribuciones y competencias conferidas por Ley, otorga permisos, derechos, concesiones, autorizaciones de derechos forestales y agrarios en tierras comunitarias de origen, tierras fiscales, comunidades campesinas, empresas y propiedades privadas. Asimismo, ejecuta acciones legales de control y fiscalización, recibe denuncias verbales y escritas, gestiona el inicio, tramitación y conclusión en primera y segunda instancia, de todos los procesos administrativos sancionadores que se inician, tramitan y sancionan a los responsables de la ejecución de contravenciones al régimen forestal de la nación. En ese entendido, la ABT, en calidad de parte afectada, a través de la Unidad Operativa de Bosques y Tierra en San Ignacio de Velasco, inició el proceso administrativo sancionador contra el "Aserradero Agroforestal San Andrés" con registro SCZ-1400 de propiedad de Andrés Ribera Gutiérrez, por la presunta comisión de la contravención forestal de Almacenamiento Ilegal de producto forestal; y 2) En "primera instancia" se emitió la Resolución Administrativa RU-ABT-SIV-PAS-048-2012 de 30 de enero de 2012, que declaró responsable y sancionó por la contravención de Almacenamiento Ilegal de producto forestal al "Aserradero Agroforestal San Andrés" de propiedad de Andrés Ribera Gutiérrez. En "segunda instancia", la ABT Nacional a través de Resolución Administrativa ABT No. 091/2019 de 19 de marzo de 2019, resolvió revocar en parte la referida resolución administrativa. Finalmente, el Ministerio de Medio Ambiente y Agua, resolviendo el recurso jerárquico interpuesto emitió la Resolución FOR No. 22 de 23 de julio de 2020, confirmando la última resolución. Señala que se abstiene de emitir nuevos criterios a los ya expuestos en la Resolución Administrativa ABT No 091/2019 de 19 de marzo de 2019.
- Encabezado
- Antecedentes Procesales: Argumentos de la demanda
- Antecedentes Procesales: Argumentos de la contestación
- Antecedentes Procesales: Argumentos del tercero interesado
- Antecedentes Procesales: Trámite procesal
- Fundamentos Jurídicos
- FJ.II.1. El proceso contencioso administrativo en materia agroambiental, naturaleza jurídica y configuración procesal
- FJ.II.2. El proceso administrativo sancionador por la comisión de faltas e infracciones forestales
- FJ.II.3. 1. Sobre el Acta Provisional de Decomiso que
- FJ.II.3. 2. Con relación a la supuesta inobservancia de los principios de legalidad y tipicidad y su incidencia en el ejercicio de la potestad administrativa sancionadora por infracciones forestales.
- FJ.II.3. 3. Respecto a la denuncia en sentido que el origen legal del producto forestal intervenido estaba amparado por los Certificados Forestales de Origen (CFO´s) y que en el proceso administrativo sancionador no se valoraron todas las pruebas aportadas.
- FJ.II.3. 4 Sobre: 1) La excepción de prescripción de la acción sancionadora ambiental del Estado; y, 2) La duración máxima del proceso administrativo sancionador cuando se incumplen los plazos procesales.
- Por Tanto 1
