Expediente: N° 4634 - NTE- 2022
Tribunal Agroambiental Bolivia

Expediente: N° 4634 - NTE- 2022

Fecha: 30-Ago-2023

Antecedentes Procesales: Argumentos De La Contestacion A La Demanda

I.2. ARGUMENTOS DE LA CONTESTACION A LA DEMANDA

Mediante memorial que cursa de fs. 77 y vta. de obrados, el co-demandado Juan Carlos Delgadillo Ureña, por medio de su representante legal Luis Felipe Guzmán Montaño se allana a la demanda y pide se declare probada y nulo el Título Ejecutorial emitido a su nombre y de Roxana Ríos Ferrufino en base a lo siguiente:

En mérito al Poder Notarial N° 1775/2021 de 07 de diciembre de 2021, protocolizado por ante la Notario de Fe Pública N° 15 de la ciudad de Cochabamba, Ángel Rodríguez Salazar, indica que su poderdante fue citado con la demanda; el mismo reconoce que el proceso de saneamiento tiene errores insubsanables porque se tituló a nombre de Juan Carlos Delgadillo Ureña y Roxana Ríos Ferrufino, siendo que el terreno le pertenece a la madre de su poder conferente, la Sra. Honorina Ureña Aguilar, quien ejerce la posesión legal y cumple la Función Social, indicando que no firmó documento alguno del proceso de saneamiento, menos ha participado en el mismo porque nunca estuvieron en posesión, por lo cual no cumplieron con la Función Social y que dicho predio correspondería a su madre la demandante y su familia, teniendo los siguientes datos; el Titulo Ejecutorial, N° PPD - NAL- 565017, expediente I-30144, propiedad denominada: KJOCHI CHAMPARANCHO PARCELA 305, con una superficie total de 0.1036 ha.; ubicada en el municipio de Cliza, provincia de German Jordán, del departamento de Cochabamba es nulo.