II.5. Actos procesales relevantes en sede administrativa
De la revisión y compulsa de los antecedentes del proceso de saneamiento del predio denominado "Centro de Operaciones de Campo el Porvenir", se tiene que cursan en la carpeta de saneamiento los siguientes actuados procesales administrativos, relevantes:
II.5.1. A fs. 172, cursa Declaración Jurada de Posesión Pacífica del Predio de 1 de diciembre de 2011 suscrita por Eguir Noel Lurici Fernández, respecto predio denominado "Centro de Operaciones de Campo el Porvenir" en el cual se consigna como fecha de posesión solo el año 1970.
II.5.2. A fs 173 y vta., cursa Ficha Catastral, suscrita el 1 de diciembre de 2011, por Eguir Lurici Fernández, en cuya sección rotulada "Documentos Presentados" se encuentran marcadas las casillas rotuladas "Testimonios, Documento de Identidad y Otros Documentos" y en la sección rotulada "Forma de Tenencia" se encuentra marcada la casilla rotulada "Posesión"
II.5.3. De fs. 174 a 175 vta. cursa formulario de "VERIFICACIÓN FES DE CAMPO" de 1 de diciembre de 2011, registrándose 272 cabezas de ganado bovino, 11 equinos, tres logotipos de marca de ganado, consignándose las siguientes superficies: "b) corrales: 0,54; c) Galpones: 0,0144, d) Bretes: 0,00225, f) caminos 1,5 km, g) Pista de aterrizaje: 0,65, j) Otros: 0,0279"; en la casilla de Observaciones se consigna el siguiente texto: "En la propiedad el Porvenir dependiente de la Estación Biológica del Beni se contabilizó un total de 272 cabezas de ganado . Diferenciando cuatro Macas... En la propiedad se observo galpones, depósitos, viviendas en reconstrucción, kioskos, pozo, asimismo, una pista de aterrizaje, un molino de viento, tanque...". En la sección rotulada "Otras Áreas Efectivamente Aprovechadas" se tienen marcadas como efectivas las casillas: "Ecoturismo", "Investigación Científica" y "Conservación y Protección a la Biodiversidad". En la casilla "Asalariado Eventual" se consigna el número 2, asimismo, se encuentran marcadas como vías de acceso las casillas "Terrestre" y "Aéreo" y como recursos hídricos, las casillas "Rios" y "Pozo", entre los documentos presentados se encuentra marcada la casilla "Declaración de Reserva Ecológica".
II.5.4. A fs. 176 cursa "ACTA DE NO CONCILIACIÓN" suscrita el 3 de diciembre de 2011 entre los propietarios de los predios "Los Angeles", "Paraiso", "San Luis de Aguas Negras", así como el Director de la Estación Biológica del Beni.
II.5.5. A fs. 177 cursa copia legalizada del "ACTA DE CONCILIACIÓN" suscrita el 2 de diciembre de 2011 entre los propietarios de los predios "Copaycre", "El Porvenir" y "Caribe", cuyo tenor establece: "... con el objetivo de llegar a un acuerdo entre las partes sobre el conflicto suscitado entre los predios mencionados anteriormente, para lo cual previo un intercambio de propuestas se llega al acuerdo sobre las coordenadas siguientes..."
II.5.6. A fs. 584 cursa Certificación de 28 de junio de 2012, emitida por la Dirección Departamental del INRA que textualmente establece: "...Que, revisada la Base del Sistema Integrado de Saneamiento y Titulación S.I.S.T., el listado de emisión de Títulos Ejecutoriales otorgado por el Consejo Nacional de Reforma Agraria e Instituto Nacional de Colonización, y la documentación que cursa físicamente en la Unidad de Archivo Expedientes de la Dirección Departamental del INRA-BENI, pudo constatarse que dentro de la jurisdicción del Dpto. del Beni NO cursan registros de Antecedentes Agrarios tramitados ante el Ex Consejo Nacional de Reforma Agraria del predio "CENTRO DE OPERACIONES DE CAMPO EL PORVENIR" a nombre de SERNAP Y/ CENTRO DE OPERACIONES DE CAMPO EL PORVENIR..."
II.5.7. De fs. 611 a 633 (foliación inferior) cursa, Informe en Conclusiones de 22 de mayo de 2012, por el que contempla los siguientes datos sustanciales: "(...) RELACIÓN DE RELEVAMEINTO DE INFORMACIÓN EN CAMPO.-
Observaciones: De la revisión de los antecedentes se tiene que el beneficiario presenta el proceso agrario como antecedente del predio Centro de Operaciones de Campo El Porvenir.
El proceso Agrario con Expediente N° 21439 con Título N° 655267 y Resolución Suprema N° 175927 de fecha 14/02/1975 Superficie 2391.4200 ha, beneficiario inicial Sr. Hormando Vaca Becerra inicia la venta parcial del expediente arriba mencionado a favor del Sr. Arturo Calle Bravo. No adjunta transferencia. (...)
No cursa Escritura Pública de fecha 15 de julio de 2008, transferencia a título gratuito entre La Academia Nacional de Ciencias de Bolivia a favor de la Estación Biológica del Beni, el fundo denominado Centro de Operaciones de Campo El Porvenir.
Asimismo revisada la base de datos del predio, se evidencia que existe una sobreposición del expediente N° 27568 con el predio, en una superficie de 109.9925 ha; proceso agrario que no fue reclamado por el beneficiario del predio Centro de Operaciones de Campo El Porvenir, motivo por el cual no podrá ser considerada como antecedentes del predio, en consecuencia se anulará esta superficie en sobreposición del expediente antes señalado.
El beneficiario será considerado como poseedor ya que no adjuntó tradición civil respecto al expediente reclamado. Para la determinación su asentamiento legal se recurrió a medios complementarios mediante el análisis multitemporal de imágenes satelitales. (...)
4. ANÁLISIS TÉCNICO LEGAL
4.1. VARIABLES TÉCNICAS
Observaciones. - Según cobertura en Shp de la Estación Biológica del Beni presenta sobreposición con los predios Centro de Operaciones de Campo El Porverni, Conquista, Los Angeles, Paraiso y San Luis de Aguas Negras, sin embargo producto del saneamiento ejecutado sobre la RESERVA DE LA BIOSFERA ESTACIÓN BIOLÓGICA DEL BENI, No existe sobreposición alguna con los predios mencionados, llegando a colindar con el límite natural "Rio Caimanes. (...)
OTRAS CONSIDERACIONES.-
El predio Centro de Operaciones de Campo El Porvenir, cursan 3 clases de Registros de Marcas de ganado, los mismos se encuentran a nombre de Oscar Martínez Vaca, Yuliza Vasquez de Martínez, existente para la estancia El Porvenir, Celinda Vaca de Martinez existente para la estancia San Roque y Pablo Martínez Cayo existente para la estancia 2 Hermanos. Los nombres de los propietarios de las marcas y predios no coinciden con el nombre del beneficiario ni del predio Centro de Operaciones de Campo El Porvenir. (...)
Según los datos proporcionados por la encuesta catastral, documentación aportada y datos técnicos, se establece que el predio denominado Centro de Operaciones de Campo El Porvenir, clasificación inicialmente fijada, como Empresarial Ganadera debiendo en consecuencia, modificarse a Pequeña Propiedad Agrícola, de conformidad al artículo 41 parágrafo I numeral 2 de la leyes N° 1715 y N° 3545 y, a la Disposición Transitoria Quinta del Decreto Supremo N° 29215. (...)
Producto del incumplimiento de la Función Económica social del predio CENTRO DE OPERACIONES DE CAMPO EL PORVENIR, se deberá declarar Tierra Fiscal la superficie de 2337.0042 ha; de conformidad con el artículo 345 del Reglamento de la Leyes N° 1715 y N° 3545. (...)
En relación al predio Centro de Operaciones de Campo El Porvenir, se identificó que el mismo no cuenta con personería jurídica que acredite su funcionamiento como Centro de Operaciones de Campo El Porvenir, este dependiente de la Estación Biológica del Beni, en consecuencia no presentando el mismo, se realizará una nueva valoración con la documentación cursante en la carpeta predial (...)"
II.5.8. A fs. 663 cursa Informe de Cierre en el que no consta firma de interesado respecto al predio denominado "Centro de Operaciones de Campo El Porvenir".
II.5.9. De fs. 708 a 711 cursa memorial de 8 de junio de 2012, suscrito por el Director Ejecutivo del SERNAP y el Director de la RB Estación Biológica del Beni, en cuyas conclusiones textualmente refiere: "6.1 Por todo lo mencionado, entendemos que las actividades productivas descritas se encuentran gozan de la protección del Decreto Supremo 29215 Disposición Final Vigésima Tercera, parágrafo VI, en lo relativo al saneamiento de los espacios que hayan sido establecidos por el Servicio Nacional de Areas Protegidas para el cumplimiento de sus obligaciones y atribuciones, tales como, campamentos de control y protección, centros de investigación o interpretación y miradores, refugios, ecoalbergues y otros podrán ser saneados conforme las regulaciones previstas en este reglamento".
6.2. Actualmente el predio "Centro de Operaciones Campamento el Porvenir" cuenta con 273 cabezas de ganado vacuno además de la infraestructura ganadera introducida para el desarrollo de actividades ganaderas y manejo de pasturas naturales previstas en el convenio suscrito con SERNAP, por lo que corresponde su calificación como propiedad ganadera considerando además el uso del suelo previsto por el Plan de Uso de Suelo de este departamento.
6.3. Entendemos que el convenio con ASOGARBORJA para el desarrollo de actividades ganaderas al interior del predio denominado "Centro de Operaciones Campamento el Porvenir" acredita el cumplimiento de la FES, en los términos establecidos por el Art. 178 del D.S. 29215.
6.4. El derecho de propiedad que actualmente se ejerce sobre el "Centro de Operaciones Campamento el Porvenir" se retrotrae a la emisión del Decreto Supremo N° 19191 de 05 de octubre de 1982 que crea la Estación Biológica del Beni y que asigna a la Academia Nacional de Ciencias el manejo y administración de la superficie comprendida por dicho campamento, misma que conforme a la tradición descrita en el numeral 2.1 del presente memorial determina la condición de subadquirente de Título Ejecutorial del SERNAP."
II.5.10. De fs. 730 a 740 (foliación inferior) cursa el Informe UDSA-BN N° 720/2012 de 21 de junio de 2012, que en lo sustancial establece: "PREDIO: CENTRO DE OPERACIONES DE CAMPO EL PORVENIR . Que de acuerdo al Informe en Conclusiones e Informe de Cierre, se verificó el cumplimiento parcial de la Función Económica Social, conforme a lo previsto por los arts. 393 y 397 de la Constitución Política del Estado, artículo 2 de la Ley No. 1715 y 166 de su Reglamento Agrario, estableciéndose la legalidad de las posesiones, en consecuencia se sugiere emitir Resolución Administrativa de Adjudicación en conformidad al art. 341 parágrafo II inc. b) y 343 del Decreto Supremo 29215 de acuerdo al siguiente detalle: (...) Producto del incumplimiento de la Función Económica Social del predio CENTRO DE OPERACIONES DE CAMPO EL PORVENIR, se declaró Tierra Fiscal la superficie de 2337.0042 ha; de conformidad con el artículo 345 del Reglamento de las Leyes N° 1715 y N° 3545. (...)
