Sentencia Agroambiental N° 003/2023 de 08 de septiembre de 2023
Tribunal Agroambiental Bolivia

Sentencia Agroambiental N° 003/2023 de 08 de septiembre de 2023

Fecha: 08-Sep-2023

Antecedentes Procesales: Trámite procesal

I.4. Trámite procesal

I.4.1. Auto que concede el recurso.

Tramitado el recurso de casación, el Juez Agroambiental de Oruro del departamento de Oruro, mediante Auto Interlocutorio de 04 de octubre de 2023, que cursa a fs. 518 de obrados, concede el recurso de casación, disponiendo se remita el proceso al Tribunal Agroambiental.

I.4.2. Decreto de Autos para resolución

Remitido el expediente, signado con el número 5326/2023, referente al proceso de Mejor Derecho Propietario, Acción Reivindicatoria y Cancelación de Partidas en Derechos Reales, por decreto de 20 de octubre de 2024 cursante a fs. 522 de obrados, se decreta Autos para Resolución.

I.4.3. Sorteo

Por decreto de 29 de enero de 2024, cursante a fs. 524 de obrados, se señaló fecha y hora de sorteo para el día 30 de enero del año en curso, procediéndose al sorteo de la presente causa en la fecha señalada, conforme cursa a fs. 526 de obrados, pasando a Despacho de la Magistrada Relatora.

I.4.4. Auto Agroambiental Plurinacional S1a N° 034/2023 de 26 de abril de 2023

De fs. 160 a 169 de obrados, la Sala Primera del Tribunal Agroambiental, dentro del proceso de Acción Reivindicatoria, seguido por Nora Elsa Bernal Aranibar de Calle, contra Fátima Raquel Canaviri Escobar, mediante AAP S1a N° 034/2023 de 26 de abril de 2023, dispone ANULAR OBRADOS, hasta fs. 105 de obrados inclusive; es decir, hasta la Audiencia de Juicio Oral Agrario, con el fin de que la autoridad judicial disponga en audiencia qué pruebas serán admitidas y cuáles no, así como definir los medios de prueba a producirse, debiendo también fijar qué aspectos corresponden desarrollar al técnico en su Informe sobre la Inspección de Visu, mismo que debe ser puesto en conocimiento de las partes, para que estas puedan objetar o pedir aclaraciones respecto a algún punto, para posteriormente ser valorado en Sentencia, a objeto de determinar la identidad del bien; por otro lado, producir prueba de oficio para verificar la existencia del Título ejecutorial N° 082788 y su actual vigencia, a objeto de determinar la legitimidad o ilegitimidad de la posesión ejercida por la demandada.