Resolución recurrida: Sentencia Nº 01/2022 de 15 de marzo de 2022.
Tribunal Agroambiental Bolivia

Resolución recurrida: Sentencia Nº 01/2022 de 15 de marzo de 2022.

Fecha: 02-Jun-2022

FJ.II.3. La naturaleza jurídica de la excepción de prescripción.

La prescripción en esencia constituye una excepción por tener el efecto extintivo de los derechos debido a su falta de ejercicio (art. 1492 del Código Civil). Por regla general, los derechos patrimoniales se extinguen por prescripción en el plazo de cinco años (art. 1507 del Código Civil); así también la prescripción no puede aplicarse de oficio por los jueces (art. 1498 del Código Civil). La prescripción es el plazo de tiempo en el que, una vez transcurrido y reconocido en la Ley, en esta no puede establecerse un impuesto, cobrar una duda, o comprometer una instancia.