POR TANTO: La Sala Social y Administrativa de la Corte Suprema de Justicia de la
POR TANTO: La Sala Social y Administrativa de la Corte Suprema de Justicia de la Nación, con la facultad conferida por la primera parte de la Disposición Transitoria Tercera de la Ley N° 1836 de 1ro. de abril de 1998, de acuerdo con el dictamen del señor Fiscal de Sala Suprema de fs. 141, APRUEBA la Resolución pronunciada a fs. 135-136 de obrados, imponiendo una multa de Bs. 2000.- a cada uno de los recurridos, a quienes se los condena en costas que se liquidarán y mandarán pagar por el Tribunal del Amparo
- AUTO SUPREMO No. 029-Amparo Sucre, 13 de enero de 2001
- PARTES: Mirtha Patricia Quevedo Acalinovic c/ Andre Schwartzberg Presidente del Concejo Municipal de Oruro y
- RELATOR: MINISTRO DR.- Eduardo Rodríguez Veltzé
- CONSIDERANDO: Que interpuesto el recurso de fs
- CONSIDERANDO: Que la recurrente fundamenta su recurso señalando que habiendo sido elegida como Concejal Munícipe
- CONSIDERANDO: Que de la revisión de antecedentes se establece que las autoridades recurridas no prestaron
- Se advierte que la tramitación del recurso superó en términos excesivos e inaceptables los plazos
- POR TANTO: La Sala Social y Administrativa de la Corte Suprema de Justicia de la
- Regístrese y devuélvase
- Fdo. Dr. Eduardo Rodríguez Veltzé
- Dr. Carlos Rocha Orosco
- Sucre, 13 de enero de 2001
- roveído: Dr. Marcelo Gómez Rodrigo.- Secretario de Cámara.
