Auto Supremo AS/0029/2001
Tribunal Supremo de Justicia Bolivia

Auto Supremo AS/0029/2001

Fecha: 13-Ene-2001

Se advierte que la tramitación del recurso superó en términos excesivos e inaceptables los plazos


Se advierte que la tramitación del recurso superó en términos excesivos e inaceptables los plazos previstos por el art. 764 del Código de Procedimiento Civil, en perjuicio no sólo de la recurrente, sino de la seriedad con la que el órgano jurisdiccional debe atender sus específicas obligaciones, por lo que se llama severamente la atención de los miembros del Tribunal del Amparo. Asimismo y en observancia del art. 766 del citado Código, se declara la temeridad y malicia de las autoridades recurridas y sus abogados, a los efectos de la imposición de costas y multa. Se salvan a la vía llamada por ley el conocimiento y resolución de los derechos que, como emergencia de los actos impugnados en el presente recurso, pueda hacer valer la recurrente