Auto Supremo AS/0051/2001
Tribunal Supremo de Justicia Bolivia

Auto Supremo AS/0051/2001

Fecha: 22-Ene-2001

CONSIDERANDO: Que examinados los antecedentes y tal como lo consideró el Tribunal de Amparo, el


Los recurridos en su informe presentado a fs. 85-87, expresan que evidentemente en un amparo anterior, entre los mismos actores, se declaró procedente la petición de Gregorio Torres y como resultado, el órgano deliberante de Capinota lo restituyó al seno del órgano deliberante, pero que como consecuencia de hechos posteriores, el propio Concejo se vio obligado a iniciarle proceso criminal, en cumplimiento a un sumario administrativo efectuado en su contra con anterioridad, proceso éste que en la actualidad se viene tramitando

CONSIDERANDO: Que examinados los antecedentes y tal como lo consideró el Tribunal de Amparo, el Concejo al disponer la realización de un sumario administrativo y emitir la resolución impugnada que dispuso la suspensión de Gregorio Torres Rodríguez, ajustó sus actos al marco normativo municipal aplicable, sin que pueda invocarse la vigencia de una resolución de Amparo Constitucional anteriormente tramitado por el mismo recurrente, en tanto que los alcances de dicho pronunciamiento se modificaron precisamente con los resultados del sumario y otra acción penal tramitada judicialmente