Que, del anterior fallo recurre de casación a fs
Que, del anterior fallo recurre de casación a fs. 67-69 el Fiscal de Sala Superior, por lo que el Máximo Tribunal a fs. 73-73 vlta anula obrados reponiendo la causa, con el único objeto de que se notifique al abogado defensor de oficio de la procesada en forma personal y mediante edictos a su vez a ésta con el Auto de Vista de fs. 65 y vlta
- CONSIDERANDO: Que, de la revisión de los antecedentes cursantes en el proceso, se establece que
- Que, la Sala Penal Segunda de la Corte Superior de Cochabamba, mediante Auto de Vista
- Que, del anterior fallo recurre de casación a fs
- Que, a fs
- CONSIDERANDO: Que, la Corte ad-quem, con la permisión que le faculta el art
- POR TANTO: La Sala Penal de la Excma
- De conformidad a los ordinales 22 y 24 del art
- RELATOR: Ministro Héctor Sandoval Parada
- Regístrese y devuélvase
- Proveído.- Dr. Edgar Molina Aponte.- Secretario de Cámara
