CONSIDERANDO: Que planteada la demanda social de fs
VISTOS: El recurso de casación de fs. 522-526, interpuesto por Roberto Wayar Aramayo, Coordinador de la Unidad de Control de Activos de Entidades en Liquidación y/o Reestructuración, contra el Auto de Vista de fs. 513-515 vlta., pronunciado por la Sala Social y Administrativa de la Corte Superior del Distrito Judicial de La Paz, dentro del proceso social que siguen Humberto Rodríguez Veizaga por sí y en representación de Juan Luis Pacheco Ramírez, Josefa Edith Blanco, y otros, todos ex trabajadores del ex Banco del Estado contra la entidad Bancaria; los antecedentes del proceso, dictamen del señor Fiscal de Sala Suprema de fs. 539-540 y,
CONSIDERANDO: Que planteada la demanda social de fs. 175-178 vlta. y ampliación de fs. 182, la causa es tramitada conforme a ley por el Juez Segundo de Trabajo y Seguridad Social de La Paz, pronunciando sentencia de fs. 455-466 vlta. declarando probada la demanda. En grado de apelación la Sala Social y Administrativa de la Corte Superior del Distrito Judicial correspondiente pronunció Auto de Vista saliente a fs. 513-515, confirmando en parte la sentencia apelada, resolución que motivó el recurso de casación que se analiza
- AUTO SUPREMO No. 257-Social Sucre, 10 de noviembre de 2001
- PARTES: Humberto Rodríguez Veizaga y otros c/ Ex - Banco del Estado
- RELATOR: MINISTRO DR.- Carlos Rocha Orosco
- CONSIDERANDO: Que planteada la demanda social de fs
- CONSIDERANDO: Que el recurso de casación en el fondo acusa la violación de los arts
- Que de la revisión de obrados se establece que la controversia versa sobre: pago de
- 2°) Respecto de la condonación por el concepto de la deuda otorgada a los ex
- 3°) Por último, en el caso de los pagos extra legales demandados, por un lado;
- En consecuencia, siendo evidentes las infracciones a la ley laboral acusadas en el recurso de
- POR TANTO: La Sala Social y Administrativa Primera de la Corte Suprema de Justicia de
- Para formar resolución interviene el Ministro de la Sala Social y Administrativa Segunda Dr
- Relator: Ministro Dr. Carlos Rocha Orosco
- Regístrese y devuélvase
- Fdo. Dr. Carlos Rocha Orosco
- Dr. Eduardo Rodríguez Veltzé
- Dr. Guillermo Arancibia López
- Sucre, 10 de noviembre de 2001
- Proveído: Dr. Marcelo Gómez Rodrigo.- Secretario de Cámara.
