Auto Supremo AS/0552/2001
Tribunal Supremo de Justicia Bolivia

Auto Supremo AS/0552/2001

Fecha: 08-Nov-2001

CONSIDERANDO: Que a fs


MINISTRO RELATOR: Dr. Héctor Sandoval Parada




VISTOS: El recurso de casación interpuesto por Juan Ticona Cruz a fs. 199 - 200 vlta., impugnando el Auto de Vista de fs. 193 y vlta. de 30 de enero de 2001, pronunciado por la Sala Penal Primera de la Corte Superior de Justicia del Distrito de La Paz, dentro del proceso penal seguido por Marína Málaga de Bustillos contra el recurrente, por la comisión del delito de giro de cheque en descubierto; sus antecedentes, las leyes que se acusan de violadas e infringidas, el requerimiento del Sr. Fiscal General de la República de fs. 206 - 207; y

CONSIDERANDO: Que a fs. 173 - 177 de obrados, cursa la sentencia dictada por la Juez Séptimo de Partido en lo Penal de la ciudad de La Paz, mediante la cual declara al procesado Juan Ticona Cruz, autor del delito de giro de cheque en descubierto, incurso en la sanción del art. 204 del Código Penal modificado por el art. 2º., numeral 45 de la Ley Nº 1768, imponiéndole la pena privativa de libertad de cuatro años de reclusión, a cumplir en la Penitenciaría de San Pedro de esa ciudad, más el pago de 50 días multa a razón de Bs. 1.- por cada día, así como el resarcimiento del daño civil ocasionado, costas a favor del Estado y parte civil constituida, que serán averiguados en ejecución de sentencia