Auto Supremo AS/0561/2001
Tribunal Supremo de Justicia Bolivia

Auto Supremo AS/0561/2001

Fecha: 09-Nov-2001

En el sub-lite, no existe constancia alguna de que el procesado Benigno Chambi Mamani, juzgado


En el sub-lite, no existe constancia alguna de que el procesado Benigno Chambi Mamani, juzgado en rebeldía, y contra quien los fallos de instancia hicieron recaer una sanción grave, hubiera sido notificado con la sentencia de primer grado mediante edicto, en la forma prescrita por los arts. 105 y 106 del Código Procesal Penal, omisión que conlleva la nulidad prevista por el numeral 2) del art. 102 concordante con el art. 297 numeral 6) del repetido cuerpo penal procedimental. Asimismo, no sólo, que no hubo publicación del edicto en alguno de los órganos de prensa de diaria circulación que existe en la ciudad de La Paz, sino que ni siquiera fue leída en alguna radioemisora de esa ciudad ni colocado en algún lugar visible del Juzgado o del Palacio de Justicia