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    Auto Supremo AS/0577/2001
    Tribunal Supremo de Justicia Bolivia

    Auto Supremo AS/0577/2001

    Fecha: 13-Nov-2001

    Finalmente, en apoyo del art


    Finalmente, en apoyo del art. 2 numeral 47) de la Ley N° 1768 de modificaciones al Código Penal de 10 de marzo de 1997, en concordancia con el art. 17 segunda parte de la Constitución Política del Estado, aplicable al sub-lite, se aclara que los treinta años de presidio impuestos a los condenados ya nombrados, es, sin derecho a indulto
    • CONSIDERANDO: Que, el ad-quem con la facultad conferida por el art
    • Contra esta resolución, los coincriminados referidos, han interpuesto los recursos de nulidad anotados en el
    • CONSIDERANDO: Que, de acuerdo con el art
    • Que, en autos, los órganos jurisdiccionales, con aquella potestad han valorado en su conjunto todos
    • Que, de lo expuesto, se desprende no ser ciertas las infracciones acusadas en los recursos,
    • POR TANTO: La Sala Penal de la Excelentísima Corte Suprema de Justicia de la Nación,
    • Finalmente, en apoyo del art
    • RELATOR: Ministro Dr. Carlos Tovar Gützlaff
    • Regístrese y devuélvase
    • Proveído.- Dr. Edgar Molina Aponte.- Secretario de Cámara
    • 1

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