Auto Supremo AS/0579/2001
Tribunal Supremo de Justicia Bolivia

Auto Supremo AS/0579/2001

Fecha: 13-Nov-2001

CONSIDERANDO: Que, en el sub-lite, no existe constancia alguna de que el Dr


CONSIDERANDO: Que, en el sub-lite, no existe constancia alguna de que el Dr. Enrique Gonzáles Careaga, en su condición de Vocal de la Sala Penal Primera, haya intervenido como dirimidor en la resolución del ad-quem saliente a fs. 183-184 vlta., por cuanto no reza su firma y sello identificador, por lo que dicha resolución es anómala e irregular carente de todo valor legal, omisión que conlleva la nulidad prevista por el art. 296-1) del Código Adjetivo Penal, concordante con el art. 297 numeral 4) y 7) del mismo cuerpo penal procedimental