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    Auto Supremo AS/0579/2001
    Tribunal Supremo de Justicia Bolivia

    Auto Supremo AS/0579/2001

    Fecha: 13-Nov-2001

    Que, en el presente caso existe un vicio sustancial de nulidad que da lugar a


    Que, en el presente caso existe un vicio sustancial de nulidad que da lugar a que este Tribunal Supremo haga uso de la potestad que le reconoce la segunda parte del art. 308 del citado cuerpo de leyes procesales, para reponer obrados, conforme a los siguientes fundamentos
    • PARTES: Ministerio Público c/ Valerio Huanca Saire y otro, tráfico de sustancias controladas y otro
    • CONSIDERANDO: Que, la Corte Ad-quem al dictar el Auto de Vista de fs
    • Que, en el presente caso existe un vicio sustancial de nulidad que da lugar a
    • Que, de acuerdo al art
    • CONSIDERANDO: Que, en el sub-lite, no existe constancia alguna de que el Dr
    • Que, si bien, la nulidad resulta del incumplimiento de normas constitucionales y legales, el juicio
    • En consecuencia, constituyendo esta irregularidad de orden procedimental, infracción de orden público que atenta el
    • POR TANTO: La Sala Penal de la Excelentísima Corte Suprema de Justicia de la Nación,
    • Se recomienda, al ad-quem poner el debido cuidado en el cumplimiento de las disposiciones que
    • RELATOR: Ministro Dr. Carlos Tovar Gützlaff
    • Regístrese y devuélvase
    • Proveído.- Dr. Edgar Molina Aponte.- Secretario de Cámara
    • 1

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