Auto Supremo AS/0587/2001
Tribunal Supremo de Justicia Bolivia

Auto Supremo AS/0587/2001

Fecha: 14-Nov-2001

CONSIDERANDO: Que el Tribunal de casación por mandato del art


CONSIDERANDO: Que el Tribunal de casación por mandato del art. 15 de la Ley de Organización Judicial y tomando en cuenta los arts. 90 y 252 del Código de Procedimiento Civil, está obligado a revisar aún de oficio si los procesos a tiempo de ser tramitados han observado las formas procesales, que al ser de interés público son de cumplimiento obligatorio