Auto Supremo AS/0610/2001
Tribunal Supremo de Justicia Bolivia

Auto Supremo AS/0610/2001

Fecha: 15-Nov-2001

Que, de cuerdo al contenido del art


Que, de cuerdo al contenido del art. 70 de la Ley Nº 1990, concordante con lo dispuesto por el numeral 2º inc b) del art. 167 de la Ley General de Aduana, corresponde el "comiso de los instrumentos y/o unidades de transporte que hubieran servido para el contrabando...". En el caso de autos, está demostrado que el camión marca Volvo, con placa de control Nº 478 - EZC, de propiedad de COMPANEX sirvió de instrumento para introducir la mercadería ilegal en forma camuflada y oculta a territorio nacional; entendiéndose por "Comiso" la confiscación de carácter especial, de una o varias cosas determinadas; es decir que sirve para designar la pena en la que incurre quien comercia con géneros prohibidos, al que se le encuentra la mercadería