CONSIDERANDO: El Juez Cuarto de Partido de Familia de La Paz, pronuncia sentencia declarando probada
VISTOS:El recurso de casación de fs. 101 presentado por Percy Pereira contra el auto de vista de fs. 98 pronunciado por la Sala Civil Segunda de la Corte Superior del Distrito de La Paz en fecha 11 de agosto de 2000, en el proceso de divorcio seguido por Lourdes Margot Santivañez Coronel contra el recurrente; el dictamen del Fiscal General de la República, los actos y datos procesales verificados en el trámite de la causa, y
CONSIDERANDO: El Juez Cuarto de Partido de Familia de La Paz, pronuncia sentencia declarando probada la demanda por la causal 4° del art. 130 del Código de Familia y, en consecuencia, disuelto el vínculo matrimonial que une a los esposos Lourdes Margot Santivañez Coronel y Percy Ronald Pereira Garnica; resolución que es apelada por el demandado. La Sala Civil Segunda de la Corte Superior del Distrito de La Paz, dicta el auto de vista recurrido de fs. 98, de 11 de agosto de 2000, que la confirma, modificando la asistencia familiar para el hijo del matrimonio y manteniendo la de la esposa. El demandado recurre de casación en el fondo y en la forma mediante su memorial de fs. 101-102. En cuanto al primero, manifiesta haberse enterado, casualmente, de que la demandante, Lourdes Santivañez no había concluido de tramitar un anterior proceso de divorcio contra Javier Reque, iniciado en septiembre de 1990 y paralizado desde agosto de 1995, tal como demuestra el certificado de fs. 88, otorgado el 5 de octubre de 1999; por consiguiente -sostiene- no corresponde la acción de divorcio sino la de anulación del matrimonio, sin derecho a asistencia familiar para la esposa. El auto de vista -dice- manifiesta al respecto que "es un caso de otro tratamiento legal", sin fundamentar y avalando una bigamia, lo que significa violación del art 46 del Código de Familia
- AUTO SUPREMO N° 353. Sucre, 20 de diciembre de 2001
- DISTRITO : La Paz. JUICIO : Ordinario - Divorcio
- PARTES : Lourdes Margot Santivañez Coronel c/ Percy Pereira
- RELATOR : Ministro Armando Villafuerte Claros
- CONSIDERANDO: El Juez Cuarto de Partido de Familia de La Paz, pronuncia sentencia declarando probada
- En lo que al recurso de casación en la forma expresa que la demandante, después
- CONSIDERANDO: El art
- La Sala Civil de la Excma
- POR TANTO: La Sala Civil de la Excma
- Sin embargo, conforme a los arts
- En cuanto al certificado de fs
- Relator: Ministro Armando Villafuerte Claros
- Regístrese y devuélvase
- Firmado : Dr. Kenny Prieto Melgarejo
- Dr. Armando Villafuerte Claros
- Dra. Emilse Ardaya Gutiérrez
- Proveído : Sucre, 20 de diciembre de 2001
- Dr. Rodolfo Chavarría Serrudo
- Secretario de Cámara de Sala Civil.
