En lo que al recurso de casación en la forma expresa que la demandante, después
En lo que al recurso de casación en la forma expresa que la demandante, después de notificarle con la demanda abandonó la causa cerca de un año, lo que debió motivar, aún de oficio, la perención
- AUTO SUPREMO N° 353. Sucre, 20 de diciembre de 2001
- DISTRITO : La Paz. JUICIO : Ordinario - Divorcio
- PARTES : Lourdes Margot Santivañez Coronel c/ Percy Pereira
- RELATOR : Ministro Armando Villafuerte Claros
- CONSIDERANDO: El Juez Cuarto de Partido de Familia de La Paz, pronuncia sentencia declarando probada
- En lo que al recurso de casación en la forma expresa que la demandante, después
- CONSIDERANDO: El art
- La Sala Civil de la Excma
- POR TANTO: La Sala Civil de la Excma
- Sin embargo, conforme a los arts
- En cuanto al certificado de fs
- Relator: Ministro Armando Villafuerte Claros
- Regístrese y devuélvase
- Firmado : Dr. Kenny Prieto Melgarejo
- Dr. Armando Villafuerte Claros
- Dra. Emilse Ardaya Gutiérrez
- Proveído : Sucre, 20 de diciembre de 2001
- Dr. Rodolfo Chavarría Serrudo
- Secretario de Cámara de Sala Civil.
