POR TANTO: La Sala Social y Administrativa de la Corte Suprema de Justicia de la
POR TANTO: La Sala Social y Administrativa de la Corte Suprema de Justicia de la Nación, con la facultad conferida por la 1ra. parte de la Disposición Transitoria 3ra. de la Ley Nro. 1836, de 1ro. de abril de 1998, y de acuerdo con el dictamen del señor Fiscal de Sala Suprema de fs. 100, APRUEBA la resolución revisada de fs. 95-97
- AUTO SUPREMO No. 094-Amparo Sucre, 23 de marzo de 2001
- PARTES: Sonia Zabaleta por Primitivo Salazar H
- RELATOR: MINISTRO DR.- Carlos Rocha Orosco
- CONSIDERANDO: Que interpuesto el recurso de amparo constitucional a fs
- Que en virtud de la Declaración Constitucional Nro
- CONSIDERANDO: Que efectuada la revisión de los antecedentes procesales, pruebas aportadas e informes prestados en
- 2
- Que por lo expuesto en los puntos precedentes, se concluye, por una parte, que el
- POR TANTO: La Sala Social y Administrativa de la Corte Suprema de Justicia de la
- No interviene el Ministro Dr
- Regístrese y devuélvase
- Fdo. Dr. Carlos Rocha Orosco
- Dr. Carlos Tovar Gützlaff
- Sucre, 23 de marzo de 2001
- Proveído: Dr. Marcelo Gómez Rodrigo.- Secretario de Cámara.
