CONSIDERANDO: Que planteada la demanda a fs
VISTOS: El recurso de casación en el fondo y en la forma de fs. 220-221, interpuesto por Jaime Ponce Blanco, Director Distrital de Grandes Contribuyentes "GRACO" de la ciudad de Cochabamba, contra el Auto de Vista de fs. 216-217, pronunciado por la Sala Social y Administrativa de la Corte Superior de Justicia de Cochabamba, en el proceso contencioso tributario seguido por David Arévalo Barea, Presidente del Consejo de Administración de la Cooperativa Educativa "LOYOLA" Ltda. (CELCO LTDA.) contra la Administración Regional de Impuestos Internos de Cochabamba; los antecedentes del proceso, dictamen del señor Fiscal de Sala Suprema de fs. 227, y
CONSIDERANDO: Que planteada la demanda a fs. 26-30, en su tramitación legal el Juez Segundo de Partido Administrativo, Coactivo Fiscal y Tributario de Cochabamba, dictó Sentencia a fs. 181-186, declarando PROBADA en parte la demanda y modificando parcialmente la Resolución Determinativa Nro. 40/97, de 23 de septiembre de 1997. En grado de apelación, la Sala Social y Administrativa de la Corte Superior de Justicia de Cochabamba, mediante Auto de Vista de fs. 216-217, CONFIRMO la Sentencia apelada, sin costas por la doble apelación, fallo que motivó el recurso de casación que se pasa a analizar
- AUTO SUPREMO No. 100-C. Tributario Sucre, 26 de abril de 2001
- PARTES: Cooperativa Educativa "LOYOLA" Ltda. (CELCO Ltda.) c/ Administración Regional de Impuestos Internos
- RELATOR: MINISTRO DR.- Carlos Rocha Orosco
- CONSIDERANDO: Que planteada la demanda a fs
- CONSIDERANDO: Que el recurrente, Director Distrital de Grandes Contribuyentes "GRACO" de la ciudad de Cochabamba,
- CONSIDERANDO: Que de la revisión de los antecedentes y pruebas aportadas, principalmente aquella referida a
- Se llega a esta conclusión en razón a que la ejecutoria del Auto de Vista
- POR TANTO: La Sala Social y Administrativa de la Corte Suprema de Justicia de la
- Relator: Ministro Dr. Carlos Rocha Orosco
- Fdo. Dr. Carlos Rocha Orosco
- Dr. Eduardo Rodríguez Veltzé
- Sucre, 26 de abril de 2001
- roveído: Dr. Marcelo Gómez Rodrigo.- Secretario de Cámara.
